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PROCEDIMIENTOS PARA EFECTUAR RECLAMOS
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| Póliza de Hospitalización, Cirugía y Maternidad: | |
| En caso de reembolso de los gastos incurridos, el asegurado deberá presentar los documentos que se indican a continuación, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia del siniestro: | |
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Planilla de Reclamo debidamente llena en todas sus partes por el asegurado y el médico tratante. |
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Facturas originales debidamente canceladas; con numeración de imprenta, número de R.I.F. y sello de cancelado. |
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Exámenes practicados originales. |
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Récipes médicos. |
| En caso de hospitalización electiva: | |
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Planilla de Informe Médico debidamente llena en todas sus partes. La planilla debe estar firmada por el médico tratante y por el asegurado, con el diagnóstico definitivo y el procedimiento quirúrgico a seguir. |
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Presupuesto de Gastos de Hospitalización. |
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Anexar todos los resultados de estudios realizados que soporten el diagnóstico presentado. |
| Póliza de Automóviles: | |
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El asegurado deberá notificar el siniestro dentro de los 5 días siguientes a la ocurrencia del mismo. |
| En caso de Robo del vehículo el asegurado deberá efectuar la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes e igualmente deberá suministrar a la compañía de seguros, la siguiente documentación: | |
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Planilla de Declaración de Siniestro debidamente llena en todas sus partes. |
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Documentos de propiedad del vehículo. |
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Juego de llaves del vehículo. |
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Copia de la Denuncia del robo del vehículo. |
| En caso de choque o colisión del vehículo: | |
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El asegurado deberá solicitar la intervención de la autoridad de tránsito competente e igualmente deberá suministrar a la compañía de seguros, la siguiente documentación: |
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Planilla de Declaración de Siniestro debidamente llena en todas sus partes. |
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Documentos de propiedad del vehículo. |
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Copia de la Cédula de Identidad y Licencia del conductor del vehículo. |
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Experticia elaborada por la autoridad de tránsito. |
" Seguros y Fianzas " © 2003
José Francisco Ortega Rojas - Corredor de Seguros - Inscrito en la Superintendencia de Seguros bajo el N° 2121.